Resolución para Antonio de Gimbernart
| Date | |
|---|---|
| Estado | Transcrito |
| Folio | 349 - 351 |
| From (Remitente) | |
| Place | Aranjuez |
| Summary | El documento tiene muchas tachas y correcciones. |
| To (Destinatario) | Antonio de Gimbernart - Primer cirujano de la Real Cámara |
[349]
Sirva de resolución
Deseando el Rey ocurrir a los estragos, que causan en sus dominios de Indias las epidemias frecuentes de viruelas, y proporcionar a aquellos sus amados vasallos los auxilios, que dictan la humanidad, el bien del estado, y el interés mismo de los particulares, así de la clase más numerosa, que por menos pudiente sufre mayores daños, como de las demás, acreedoras todas de su Real beneficencia: se ha servido resolver, oído el dictamen del Consejo, que se propague a Indias a costa del Real Erario la inoculación [349v] de la vacuna, acreditada en España y casi en toda Europa con pruebas incontestables, como un preservativo de las viruelas naturales.
A este fin quiere Su Majestad que los Médicos y Cirujanos de Cámara en este Real sitio en Junta Vuestra Señoría asociado de los cortesanos de la Real Cámara Don Leonardo Galli, y don Ignacio Lacaba busquen y propongan con la brevedad posible tres facultativos hábiles e idóneos por sus luces y experiencias, que se convengan a pasar en la primera ocasión oportuna a los Virreinatos de Nueva España, Perú y Buenos Aires arreglando con cada uno de ellos el sueldo que han de gozar, y la cantidad, que de pronto habrán de recibir en España para su habilitación; en la inteligencia de que se serán conducidos [350] dos en buques correos, u otros de la Real Armada, y mantenidos durante la navegación.
Siendo lo más esencial y difícil de esta empresa la conservación del pus con toda su actividad en tan dilatados viajes, y en el tránsito por la línea y climas diversos, cuyas dificultades se sabe que han frustrado las tentativas de algunos de aquellos naturales, ha pensado Su Majestad que el medio más seguro será que cada facultativo lleve número suficiente y proporcionado a su respectiva navegación, de niños de buena complexión, que no hayan pasado viruelas naturales, ni inoculadas, sacados de las Casas de Expósitos, y de los Desamparados de Madrid, a quienes vaya inoculando sucesivamente el facultativo, [350v] de suerte que a el arribo a su destino haga en América de brazo a brazo, si posible fuere, la primera operación. Estos niños no solo serán habilitados, conducidos y mantenidos hasta que tengan oficio o modo de vivir, de cuenta del Real Erario, sino también recomendados ellos, y los facultativos profesores comisionados a los Virreyes, para que proporcionen educación, subsistencia y destino a los primeros, honren, distingan, y paguen puntualmente sus sueldos a los segundos; con tal que estos desempeñen las obligaciones que contraigan; una de las cuales habrá de ser el enseñar la operación a los facultativos naturales, y pasar a ejecutarla a las provincias, ciudades, y lugares [351] subordinados al virreinato respectivo, según disponga el Virrey.
Asimismo quiere Su Majestad que para cada facultativo comisionado se compre de cuenta de su Real Erario porción de ejemplares de el descubrimiento, histórico y progresos de la vacuna, del tratado histórico y práctico de la vacuna, obra dada a luz por Jacques Louis Moreau de la Sarthe y traducida por Don Francisco Xavier Balmis a fin de que se expendan gratuitamente por los virreyes entre los facultativos americanos, que aprecien este precioso descubrimiento, para que lo divulguen y recomienden, haciéndola reimprimir en cada capital, si fuere necesario, con el objeto de generalizar la operación, y enseñar la práctica y especulativamente a un mismo tiempo.
Respecto a que [351v] está nombrado por Su Majestad el Médico de Familia Don Lorenzo Verges, y en camino para el Virreinato de Santa Fe, no hay necesidad de que Vuestra Señoría trate en su informe de este cuarto facultativo; pero en cuanto a los otros tres espera Su Majestad que de acuerdo con los [xxx] expresados sus [xxx] proponga lo que estime conveniente, sobre las condiciones, dotaciones y medios, con que harán de ser auxiliados.
Dios guarde a Vuestra Señoría muchos años. Aranjuez 6 de junio de 1803.
Señor Don Antonio Gimbernart
Señor Don Manuel Nuñez